Alicante aprueba la ampliación de la temporada de terrazas y veladores en vía pública

La comisión de Presidencia ha emitido un informe favorable a los cambios en la ordenanza, que se someterán a votación definitiva en el Pleno del 28 de mayo.

Guardar

El Ayuntamiento de Alicante ha dado un paso decisivo hacia la modernización de su normativa sobre la ocupación de la vía pública. La Comisión de Presidencia y Régimen Interior ha emitido un informe favorable a la modificación de la Ordenanza de Ocupación Temporal de la Vía Pública, un cambio que se someterá a la aprobación definitiva del Pleno el próximo 28 de mayo. Esta iniciativa, que busca equilibrar el dinamismo económico con el derecho al descanso de los ciudadanos, introduce importantes novedades, destacando la ampliación de la temporada alta para veladores y la flexibilización en la gestión de mercadillos.

La propuesta ha avanzado sin la admisión de las tres alegaciones presentadas por una misma persona, las cuales han sido desestimadas por no ajustarse al objeto de la ordenanza. Este proceso ha contado con el respaldo mayoritario del equipo de gobierno del Partido Popular y el grupo municipal Vox, mientras que PSOE, Compromís y EU Podemos han expresado su voto en contra.

Nuevos plazos y horarios para terrazas

Una de las principales novedades que incorpora esta modificación es la extensión del periodo considerado de temporada alta para la instalación de veladores. A partir de ahora, esta franja se establecerá desde el 1 de mayo hasta el 1 de noviembre, lo que representa una ampliación significativa para el sector hostelero de la ciudad. Es fundamental destacar que, a pesar de esta extensión, la normativa ha mantenido los horarios de cierre previamente consensuados con los vecinos en el año 2024.

Los horarios para el desmontaje de las terrazas se han conservado de la siguiente manera:

  • De domingo a jueves: la retirada deberá efectuarse a la 1:00 de la madrugada.
  • Viernes, sábados y vísperas de festivo: el límite se ha fijado en la 1:30 de la madrugada.

Durante el resto del año, fuera de la temporada alta, los horarios generales de retirada son:

  • De lunes a jueves: a las 24:00 horas.
  • Sábados, domingos y vísperas de festivo: a la 1:00 de la madrugada.

Declaraciones oficiales sobre el equilibrio normativo

La concejala de Ocupación de Vía Pública, Cristina Cutanda, ha subrayado la importancia de esta revisión normativa. En sus declaraciones, ha enfatizado que "esta modificación de la ordenanza mantiene el principio esencial de conciliar el derecho al descanso con la legítima actividad empresarial de los sectores de la hostelería y comercio. Y, como quiera que siempre prevalece el derecho al descanso, esta norma no varía el horario consensuado con los vecinos modificado en 2024 por este motivo, en dicha ocasión con el respaldo a la propuesta del equipo de gobierno de Compromís y la abstención del PSOE".

Cutanda ha recalcado el compromiso del consistorio con la convivencia ciudadana y el impulso económico, buscando un equilibrio que beneficie a todas las partes implicadas en la vida urbana de Alicante.

Otras novedades y mejoras en la normativa

Además de las regulaciones sobre veladores, la ordenanza ha incorporado una serie de mejoras y adaptaciones que impactan en diversas áreas de la ocupación de la vía pública. Entre las más relevantes, se encuentran:

  • La exigencia de un aviso previo de tres días de antelación cuando un velador se vea afectado por la realización de actividades en la vía pública, garantizando así una mejor planificación.
  • La posibilidad de ampliar las terrazas en circunstancias de carácter excepcional, siempre y cuando no se dificulte el acceso a viviendas y comercios.
  • El mantenimiento de los Puntos Violeta en eventos multitudinarios, reforzando el compromiso con la seguridad y la prevención de la violencia de género.
  • La ampliación de la instalación de Puntos de Atención a Víctimas de Delitos, ofreciendo un soporte adicional en espacios públicos.

Ampliaciones y flexibilizaciones en mercadillos

La modificación de la Ordenanza de Ocupación Temporal de la Vía Pública también ha introducido cambios significativos en la regulación de los mercadillos y la venta ambulante, buscando una mayor flexibilidad y oportunidades para los comerciantes. Específicamente, se ha contemplado:

  • La posibilidad de ampliar el número de puestos en el mercadillo de Teulada, permitiendo a los vendedores pasar de un único puesto a un máximo de tres puestos de 4x3 metros o dos puestos de 7x3 metros, lo que representa una mejora sustancial respecto a la normativa anterior.
  • La autorización para que los comerciantes puedan establecerse en dos mercadillos distintos, y acceder a dos autorizaciones por mercado en caso de que existan vacantes, una medida que antes estaba limitada a una única autorización por persona.
  • La revisión del número y las características de los puestos de venta en los mercados de abastecimiento de productos básicos, así como la regulación de la venta aislada en zonas específicas.
  • La modificación de la normativa referente a los titulares de las autorizaciones de venta, con el objetivo de equiparar las condiciones entre personas físicas y jurídicas, fomentando la igualdad de oportunidades.
  • La clarificación de que, si el día de mercadillo coincide con un festivo, se acordará su traslado a otra fecha en colaboración con la asociación de comerciantes.
  • La admisión, en el Casco Antiguo, de la exposición y venta de productos en fachada hasta un máximo de 50 centímetros, dinamizando el comercio local en esta zona histórica.