El Consell ha autorizado más deuda para la Generalitat en 2026 y habilita un margen para enero de 2027

La autorización fija que el saldo de la deuda al cierre de 2026 no podrá superar en más de 1.859,7 millones de euros el de comienzos de año y contempla que en enero de 2027 se pueda disponer de deuda hasta un 15%.

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El Consell ha autorizado a la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública la deuda pública de la Generalitat durante el ejercicio 2026 y, además, ha habilitado la posibilidad de disponer de deuda durante el mes de enero de 2027, dentro de los límites previstos en la normativa presupuestaria y de hacienda pública.

Autorización para 2026

Según la autorización, el saldo de la deuda de la Generalitat a 31 de diciembre de 2026 no podrá superar el correspondiente a 1 de enero de 2026 en más de 1.859.744.240 euros, sin perjuicio de las revisiones automáticas contempladas en la Ley de Presupuestos de la Generalitat para ese ejercicio. En concreto, la Generalitat podrá emitir o contratar deuda pública con cargo al presupuesto de 2026 dentro del límite establecido en la Ley 4/2026, de 22 de julio, de Presupuestos de la Generalitat para 2026.

Margen adicional para enero de 2027

El acuerdo también permite al Consell disponer durante el mes de enero de 2027 de la creación de deuda de la Generalitat por un importe que no incremente la autorización correspondiente a 2026 en más de un 15 %. Este incremento se computará a efectos del cumplimiento del límite de creación de deuda que se autorice legalmente para el conjunto del ejercicio 2027.

Marco normativo y financiación de la recuperación

La decisión se adopta en el marco de la normativa de hacienda pública de la Generalitat y desarrolla la autorización de endeudamiento prevista en los Presupuestos de la Generalitat para 2026. En particular, la Ley 1/2015 de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones contempla expresamente la posibilidad de que el Consell disponga, durante el mes de enero del ejercicio siguiente, de la creación de deuda vinculada a la autorización de endeudamiento del ejercicio anterior, con el límite establecido legalmente.

De acuerdo con el texto, la autorización se justifica en la necesidad de mantener durante los próximos ejercicios un esfuerzo presupuestario específico y sostenido para las actuaciones de recuperación y reconstrucción de las zonas afectadas por la dana de octubre de 2024, incluidas en el Plan de Recuperación y Reconstrucción de la Generalitat. En esa línea, los Presupuestos de la Generalitat para 2026 contemplan la continuidad de dichas actuaciones y la garantía de la prestación de los servicios públicos fundamentales, en un escenario económico y financiero condicionado por factores como la evolución de la situación internacional, la inflación, los tipos de interés, la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado y la falta de aprobación de los objetivos fiscales.

La deuda que se emita o contrate en desarrollo de esta autorización se ejecutará conforme a lo previsto en la Ley 1/2015 de la Generalitat.