La Generalitat garantizará dos años de estabilidad en el Fondo de Cooperación Municipal contra el Despoblamiento para los municipios en riesgo de despoblación que dejen de cumplir los requisitos demográficos. La medida figura en la Ley 3/2026, de 29 de junio, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.
El texto modifica la Ley 5/2023, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial, e introduce un mecanismo de estabilidad para evitar que los municipios pierdan de forma inmediata esta financiación cuando dejen de cumplir los requisitos demográficos exigidos.
Según la Generalitat, el periodo transitorio permitirá a los ayuntamientos adaptarse de forma gradual a la pérdida de la condición de municipio en riesgo de despoblamiento y planificar con más seguridad la prestación de sus servicios públicos.
El vicepresidente segundo y conseller de Presidencia, José Díez, ha señalado que "queremos que aquellos pueblos que están haciendo las cosas bien y que consiguen mejorar sus datos demográficos no se vean perjudicados perdiendo de un año para otro las ayudas de la Generalitat. Es una medida de sentido común: dar estabilidad a los ayuntamientos, proteger los servicios básicos y acompañar a los municipios pequeños para que sigan teniendo futuro".
Más municipios podrán percibir la asignación del fondo
La ley mantiene además como beneficiarios a los municipios que cumplen los criterios generales de la Ley 5/2023 e incorpora expresamente a los municipios de la categoría intermedia de riesgo de despoblamiento prevista en el artículo 15.3. Estos podrán percibir el 50 % de la asignación del Fondo de Cooperación.
De acuerdo con la norma, esta categoría incluye municipios que, sin reunir los requisitos para ser considerados municipios en riesgo de despoblamiento, presentan características demográficas o territoriales que justifican su inclusión en un régimen específico de aplicación o de priorización de las medidas de cohesión territorial.
Cambios para agrupar municipios y sostener secretarías comunes
La Ley 3/2026 también introduce modificaciones en la regulación de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional mediante la modificación del Decreto 92/2021. El cambio afecta a entidades locales cuya secretaría esté clasificada en clase tercera y cuyo volumen de recursos o servicios sea insuficiente: podrán agruparse hasta un total de tres con el fin de sostener en común el puesto de secretaría.
Además, la nueva norma modifica el articulado de la Ley de Régimen Local para que la resolución del procedimiento recaiga en la Dirección General de Administración Local, con el objetivo de reducir de forma significativa el tiempo para la resolución del trámite.