La Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad ha convocado ayudas para la compra de vivienda joven en municipios pequeños por valor de 6.320.000 euros. La convocatoria, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), se ha dirigido a jóvenes menores de 36 años que quieran adquirir una vivienda en municipios de menos de 10.000 habitantes de la Comunitat Valenciana.
La vicepresidenta primera y conseller de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, Susana Camarero, ha visitado Buñol, uno de los 436 municipios incluidos en esta convocatoria, y ha recordado que estas subvenciones se han orientado a facilitar el acceso a una vivienda habitual y permanente en régimen de propiedad. Según ha señalado, la finalidad también ha sido contribuir al reto demográfico mediante el fomento de la adquisición de viviendas en localidades de pequeño tamaño y favorecer así la recuperación de población. La visita ha servido, además, para subrayar que se trata de una línea de apoyo pensada para personas jóvenes con dificultades para afrontar la compra de una vivienda en solitario o con recursos limitados.
Cuantía de la ayuda y condiciones de la convocatoria
La resolución publicada en el DOGV ha establecido que la cuantía máxima de la subvención será de 15.000 euros por vivienda, con el límite del 20 % del coste de adquisición, sin incluir los gastos y tributos inherentes a la compra. Las ayudas se han concedido en régimen de concurrencia competitiva y se han integrado en el Plan estatal de vivienda 2026-2030, del que la Generalitat ha asumido el 40 % de la financiación.
Este esquema de concesión implica que las solicitudes deberán evaluarse conforme a los criterios establecidos en la convocatoria y dentro del crédito disponible, por lo que no bastará con presentar la petición dentro del plazo. En este tipo de procedimiento, la documentación acreditativa y el cumplimiento de los requisitos resultan determinantes para acceder a la ayuda, ya que la administración tramitará las solicitudes según lo previsto en la resolución publicada.
La convocatoria ha contemplado que la vivienda adquirida se destine a residencia habitual y permanente de la persona beneficiaria durante un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de adquisición. Además, el precio de compra deberá ser igual o inferior a 250.000 euros.
Quién podrá solicitar las subvenciones y en qué plazo
Entre los requisitos recogidos en la normativa, las personas solicitantes deberán tener menos de 36 años, disponer de unas rentas anuales iguales o inferiores a 5 veces el IPREM, no ser propietarias de otra vivienda y adquirir el inmueble por un máximo de dos personas. La convocatoria ha precisado, además, que la vivienda tendrá que quedar vinculada al uso habitual y permanente de la persona beneficiaria en los términos fijados por la resolución.
Las subvenciones han sido compatibles con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada. Esta compatibilidad puede facilitar que las personas interesadas combinen distintas vías de financiación, siempre que cumplan las condiciones de cada línea de apoyo y respeten los límites establecidos en la convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. La publicación en el DOGV ha quedado identificada con la signatura 2026/34022.