Alicante ha anulado la exclusión de EMPLEDIS en el contrato de auxiliares de centros de mayores

La Junta de Gobierno ha acordado dar cumplimiento a la resolución 1145/2026 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales y retrotraer el procedimiento al momento anterior a la exclusión de la empresa.

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El Ayuntamiento de Alicante ha acordado anular la exclusión de la mercantil EMPLEDIS, S.L. en el contrato del servicio de auxiliares de información, control de acceso y atención al público en centros municipales de mayores, después de que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) haya estimado parcialmente el recurso presentado por la empresa. La decisión, adoptada en la Junta de Gobierno Local del 25 de agosto de 2026, da cumplimiento a la resolución 1145/2026 del órgano administrativo de recursos contractuales.

Un contrato reservado a centros especiales de empleo y empresas de inserción

El procedimiento afecta al servicio de auxiliares de información, control de acceso y atención al público en los centros municipales de mayores, dentro del ámbito de la Concejalía de Mayores del Ayuntamiento de Alicante. El contrato estaba reservado exclusivamente a centros especiales de empleo y empresas de inserción, y la Junta de Gobierno Local había aprobado su convocatoria el 25 de noviembre de 2025 mediante un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y con varios criterios de adjudicación.

El pliego fijaba un plazo de ejecución de un año, contado desde la fecha señalada en el acta de inicio del servicio, que no podía ser anterior al 13 de noviembre de 2025, con posibilidad de una prórroga anual. El presupuesto base de licitación se estableció en 262.511,68 euros sin IVA, lo que elevaba el total a 317.639,13 euros con el impuesto incluido, admitiéndose proposiciones a la baja.

Durante la tramitación, la Mesa de Contratación celebrada el 4 de febrero de 2026 examinó las ofertas y, tras aceptar los informes técnicos emitidos por la técnico de Intervención Comunitaria del Servicio de Acción Social, Susana Pujadas Orús, propuso rechazar y excluir la oferta de EMPLEDIS, S.L. por considerar que contenía valores anormales o desproporcionados y que la baja no había sido justificada de forma suficiente. La Junta de Gobierno Local acordó esa exclusión el 10 de febrero de 2026 y clasificó el resto de ofertas presentadas.

El recurso de la empresa y la resolución del tribunal

El 2 de marzo de 2026, el TACRC trasladó al Ayuntamiento el recurso especial en materia de contratación número 338/26, presentado el 27 de febrero por Fernando Gómez Castelló, en representación legal de EMPLEDIS, S.L. El escrito impugnaba tanto la exclusión de la empresa como la clasificación del contrato y pedía además la suspensión cautelar del procedimiento de licitación.

El 20 de marzo de 2026, el tribunal acordó suspender cautelarmente la tramitación hasta resolver el recurso. Ya el 15 de junio, el TACRC dictó la resolución 1145/2026, en la que señaló que “debe estimarse el recurso para que se otorgue a la recurrente tramite de aclaración para acreditar documentalmente la subvención computada en su estudio económico”, cifrada en una cuantía aproximada de 81.900 euros anuales. Según el propio tribunal, esa cantidad equivalía a un porcentaje próximo al 41 % del Salario Mínimo Interprofesional correspondiente a los trabajadores adscritos al contrato.

La resolución añadió que la empresa podía aportar resoluciones de concesión de ayudas de ejercicios anteriores, certificaciones administrativas, justificantes de percepción efectiva o cualquier otro medio de prueba idóneo para verificar la razonabilidad y viabilidad de esa previsión económica. El TACRC concluyó así que el recurso debía estimarse parcialmente.

Qué ha acordado ahora la Junta de Gobierno

A la vista de esa resolución, el concejal delegado de Contratación ha elevado una propuesta para que la Junta de Gobierno Local cumpla el mandato del tribunal. El órgano municipal competente para resolver es precisamente la Junta de Gobierno, por aplicación de la disposición adicional segunda, apartado 4, de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

El acuerdo adoptado consiste en anular la resolución de exclusión de EMPLEDIS, S.L. y retrotraer las actuaciones al momento anterior a esa exclusión. Con ello, el expediente deberá continuar desde el punto en el que quedó interrumpido tras la suspensión cautelar y la posterior resolución del TACRC.

El documento municipal, incluido en las urgencias aprobadas en la sesión del martes 25 de agosto de 2026, deja así sin efecto la exclusión inicial de la empresa y devuelve el procedimiento a una fase anterior para que se ejecute lo ordenado por el tribunal administrativo de recursos contractuales.