Un nuevo alivio para el bolsillo de los alicantinos y alicantinas, aunque de una cuantía prácticamente imperceptible para la mayoría de los contribuyentes. El Ayuntamiento de Alicante ha aprobado otra rebaja en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que se aplicará a partir de 2027 y supondrá el segundo descenso consecutivo de este impuesto.
La reducción vuelve a ser del 1,20%, tal y como contempla el acuerdo alcanzado entre PP y Vox para aplicar una rebaja progresiva durante tres años. La modificación de la ordenanza fiscal ha recibido este martes el visto bueno de la Junta de Gobierno, aunque todavía deberá superar varios trámites administrativos antes de su aprobación definitiva.
Como ocurre con cualquier modificación de las ordenanzas fiscales, el texto deberá pasar ahora por la Comisión de Hacienda, abrir el correspondiente periodo de exposición pública y, finalmente, ser ratificado por el Pleno municipal antes de entrar en vigor.
¿Cómo afectará la nueva rebaja del IBI a los hogares de Alicante?
Una vez la modificación esté aprobada, la rebaja beneficiará a más de 336.000 viviendas y locales de la ciudad. El tipo de gravamen para los bienes inmuebles de Alicante pasará del 0,61985% vigente este año al 0,61291% a partir de 2027.

Según las estimaciones del Ayuntamiento, esta nueva reducción permitirá que los contribuyentes alicantinos se ahorren otros 1,1 millones de euros en conjunto. Sumada a la rebaja aplicada el pasado año, el ahorro acumulado alcanza ya los 2,2 millones de euros, a los que se añade el descenso del 5% que el consistorio ya aplicó en 2019.
En términos individuales, el ahorro dependerá del valor catastral de cada inmueble. Aunque la rebaja será moderada para la mayoría de propietarios, permitirá reducir ligeramente el importe del recibo anual del impuesto.
Por ejemplo, una vivienda con un valor catastral de 73.456,89 euros, que con el tipo vigente en 2026 paga 455,32 euros de IBI, pasará a abonar 450,22 euros con el nuevo gravamen. Esto supone un ahorro aproximado de 5,10€ al año.
Vivienda con valor catastral de 60.000 euros
- Cuota actual: 371,91 €
- Cuota nueva: 367,75 €
- Ahorro anual: 4,16 €
Vivienda con valor catastral de 75.000 euros
- Cuota actual: 464,89 €
- Cuota nueva: 459,68 €
- Ahorro anual: 5,21 €
Vivienda con valor catastral de 90.000 euros
- Cuota actual: 557,87 €
- Cuota nueva: 551,62 €
- Ahorro anual: 6,25 €
La nueva ordenanza mantiene, además, el calendario habitual de pago, entre el 15 de marzo y el 30 de junio, así como la posibilidad de fraccionar el recibo en hasta seis plazos para facilitar el pago a los contribuyentes. También continúan las distintas bonificaciones ya existentes.
Entre ellas figuran la reducción del 50% para las viviendas de protección oficial; las ayudas destinadas a familias numerosas, que pueden alcanzar hasta el 90% de la cuota íntegra en función del valor catastral y del número de hijos; y la bonificación del 50% para los inmuebles que dispongan de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar.

A estas ventajas fiscales se suma también la bonificación para aquellos inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas declaradas de especial interés o utilidad municipal por razones sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo.
Cómo saber el valor catastral de tu vivienda paso a paso
El valor catastral es la referencia utilizada para calcular el importe del IBI y no debe confundirse con el precio de mercado de un inmueble. Este valor lo fija la Dirección General del Catastro teniendo en cuenta factores como la ubicación de la vivienda, el valor del suelo, la antigüedad del edificio, la superficie o sus características constructivas.
En la mayoría de los casos, el valor catastral es considerablemente inferior al precio por el que podría venderse una vivienda.
Los propietarios pueden consultar este dato de diferentes formas:
- Revisando el recibo anual del IBI, donde aparece reflejado.
- Accediendo a la Sede Electrónica del Catastro mediante la referencia catastral del inmueble.
- Solicitando la información directamente en las oficinas del Catastro o en el Ayuntamiento.
Una vez conocido el valor catastral, calcular el recibo resulta muy sencillo. Basta con multiplicarlo por el tipo impositivo aprobado por el Ayuntamiento. En el caso de Alicante, desde 2027 el porcentaje que deberá aplicarse será del 0,61291%, lo que permitirá conocer de forma aproximada cuánto se pagará de IBI tras la nueva rebaja aprobada por el consistorio.