Ahora sí. El proyecto de macrodepósitos de combustible que pretende instalarse en el Puerto de Alicante desde hace una década podría tener los días contados. El Ayuntamiento ha rechazado la solicitud de licencia de obra mayor de la mercantil XC Business 90 S. L. para construir este centro de distribución de carburantes en el muelle 19. Es la segunda vez que ocurre este año, aunque en la primera ocasión la decisión fue revocada a las pocas horas.
El decreto municipal emitido por el área de Urbanismo argumenta que la empresa no ha cumplido con dos requisitos esenciales para la concesión de la licencia: presentar la autorización del proyecto por parte de la Autoridad Portuaria y la adaptación del mismo a la superficie realmente concedida por el órgano gestor del puerto, que es menor a la prevista en la documentación.
El vicealcalde, Manuel Villar, explica que el consistorio tiene “argumentos técnicos de peso” para denegar la licencia, dado que la mercantil “incumple dos requerimientos básicos para el visto bueno con las garantías exigibles”. Villar recuerda, además, que el Ayuntamiento ha manifestado “en reiteradas ocasiones” su rechazo a la implantación de la planta de combustibles y “será contundente a la hora de aplicar la normativa urbanística”.
Superficie incongruente
El decreto de denegación expone que el pasado 8 de mayo se concedió a la empresa un plazo de 15 días para subsanar las deficiencias detectadas en su solicitud. En concreto, se le exigió aportar un nuevo proyecto técnico adaptado a la superficie del título concesional —14.500 metros cuadrados—, ya que el proyecto original hacía referencia a una parcela de 21.500 metros cuadrados, es decir, 7.000 más de los que realmente dispone.
En paralelo, el Ayuntamiento reclamaba la justificación documental de que el proyecto había recibido la aprobación de la Autoridad Portuaria, un trámite indispensable para poder conceder cualquier licencia de obra mayor en el ámbito portuario. Y aunque XC Business 90 S. L. presentó las alegaciones ‘in extremis’ dentro de plazo, el decreto señala que “queda constatado que la mercantil no ha subsanado ninguno de los dos extremos requeridos”.
A su vez, la Autoridad Portuaria, a requerimiento del propio consistorio alicantino, emitió un informe en el que confirma que el proyecto “no ha sido aprobado”. En este sentido, desde Urbanismo recalcan que la falta de autorización previa “bloquea cualquier posibilidad de avanzar en el procedimiento administrativo, dado que no se puede otorgar licencia sobre un proyecto que no cuenta con el visto bueno de la autoridad competente”.
Incumplimientos urbanísticos
Más allá de la discrepancia en la superficie de la parcela, el informe de Disciplina Urbanística también detalla que el proyecto de XC Business 90 S. L. tampoco cumple con las condiciones establecidas en el Plan Especial del Puerto. En particular, advierte de que la propuesta “no respeta la separación mínima a linderos exigida por la normativa vigente”.
En este sentido, fuentes municipales consultadas apuntan que “el Ayuntamiento tiene la obligación de velar por el cumplimiento estricto de la normativa, especialmente en instalaciones de este tipo, que implican riesgos ambientales y de seguridad”. El decreto concluye que, ante la falta de subsanación de las deficiencias y el incumplimiento del marco normativo, “es procedente denegar la solicitud de licencia de obra mayor”.
El recurso ante el Constitucional todavía pendiente
El Ayuntamiento no esconde que estas trabas administrativas forman parte de la estrategia para acabar con un proyecto que cuenta con el rechazo “absoluto” de equipo de gobierno, grupos de la oposición, vecinos y colectivos medioambientales. Una ‘táctica’ que se acrecentó después de que el TSJCV obligara a otorgar la licencia ambiental por “silencio administrativo”.
A pesar de que la vía judicial está agotada, el consistorio mantiene vivo un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que aún no se ha pronunciado. Este recurso fue interpuesto contra la sentencia del TSJ y la negativa a aceptar el incidente de nulidad. El Ayuntamiento argumenta que se vulneró el “derecho a la tutela judicial efectiva”, al no valorarse la supuesta inconstitucionalidad del silencio positivo en las licencias ambientales.