La investigación interna del Ayuntamiento de Alicante descarta la "intervención decisoria" en el proceso inicial de las viviendas protegidas a las personas vinculadas con el consistorio que han resultado agraciadas con uno de los 134 pisos de la polémica promoción. Esa es la principal conclusión del expediente de averiguación de hechos abierto por el gobierno municipal.
El informe, elaborado por la Secretaría del Pleno y firmado por el vicesecretario municipal, se ha incorporado a la denuncia presentada este martes por el Ayuntamiento ante la Fiscalía de la Audiencia Provincial.
El documento analiza la posible participación de cargos o empleados públicos municipales en el procedimiento de enajenación de la parcela situada en la avenida del Historiador Vicente Ramos, en el ámbito de La Condomina de la Playa de San Juan, destinada a la construcción de este bloque de viviendas de protección pública de iniciativa privada (VPP).
El expediente se inició el pasado jueves a instancia del alcalde Luis Barcala tras recibir el lunes 26 de enero un informe del Servicio de Patrimonio que advertía sobre un posible “conflicto de intereses”, ya que entre los adjudicatarios de las viviendas se encontraban personas vinculadas al Ayuntamiento como la exconcejala de Urbanismo, Rocío Gómez.
El objetivo de esta investigación era determinar si alguna de esas personas “hubiera intervenido con capacidad de decisión en el proceso de enajenación” y, en su caso, si existía obligación legal de abstención. No abarca, por tanto, el proceso de adjudicación de las viviendas, un ámbito cuya supervisión "recae exclusivamente en la Generalitat Valenciana", según ha defendido de forma reiterada este martes el vicealcalde Manuel Villar.
Expedientes completos y listado de participantes
Para la elaboración del expediente al que ha tenido acceso Alicante Extra se solicitó toda la documentación correspondiente a las concejalías de Urbanismo, Patrimonio y Contratación. En ella se detalla el personal que participó en el procedimiento de enajenación, “sea cual fuere su condición de funcionario o laboral, así como su puesto de trabajo”, junto con la totalidad de los documentos que integran el expediente administrativo.
A partir de esa información, el informe de Secretaría identifica a las personas adjudicatarias de viviendas con vinculación directa o indirecta con el Ayuntamiento que, teóricamente, podrían haber intervenido en el procedimiento: la exconcejala de Urbanismo Rocío Gómez; la exdirectora general y jefa de servicio de Contratación, María Pérez-Hickman, por relación de consanguinidad con dos de los adjudicatarios; y un arquitecto municipal.
Cada caso fue examinado “con exactitud” según la normativa de incompatibilidades y abstención, expone el expediente interno elaborado a raíz de la noticia, aunque el documento matiza que ninguno de los implicados llegó a formar parte de los actos administrativos “nucleares” del expediente (mesa de contratación, resoluciones de adjudicación o licencias).
La resolución descarta incompatibilidades
En el caso de la exedil de Urbanismo, la Secretaría del Pleno constata en el informe que “no ha intervenido en los expedientes” relacionados con la enajenación de la parcela y que “no suscribió documento o acto administrativo alguno” en relación con ese procedimiento.
Respecto a Pérez-Hickman, el texto señala que “como jefa de servicio de Contratación no ha dictado acto administrativo alguno, por no poseer dicha atribución, y no ha firmado ninguna propuesta de acuerdo, cuya competencia corresponde al concejal de Contratación”. El documento añade, además, que el órgano gestor del expediente fue la concejalía de Patrimonio y que la de Contratación actuó únicamente “como órgano instrumental”.
La participación de esta funcionaria se limitó a su condición de secretaria de las mesas de contratación, “con voz pero sin voto”, y que sus funciones consistieron en “efectuar la convocatoria de las sesiones por orden del presidente de la mesa, preparar el despacho de los asuntos, redactar las actas de las sesiones o expedir certificaciones”. Según el informe, esas tareas no implican “ninguna capacidad decisoria que pudiera influir en el resultado”.
En relación con el arquitecto municipal, el documento al que ha podido acceder este medio analiza su intervención en el expediente que gestionó el Ayuntamiento y concluye, igualmente, que no participó con poder de decisión ni formuló propuestas de acuerdo en ninguna de las fases del procedimiento.
Dudas “fácticas”
La Vicesecretaría concluye que “no hubiera procedido el deber de abstención respecto a las personas citadas, por no haber participado con poder decisorio. Por ello, establece que “no ha lugar a ningún tipo de responsabilidad disciplinaria” en relación con el contrato de enajenación, tramitado mediante licitación pública sobre una parcela municipal.
Sin embargo, el Ayuntamiento plantea en su escrito a la Fiscalía, al que también ha podido acceder Alicante Extra, una serie de “dudas fácticas relevantes” por la posibilidad de que pudieran haberse dado intervenciones materiales o influencias funcionales “no documentadas oficialmente” por parte de las personas implicadas y “otras que pudieran haber favorecido directa o indirectamente la adjudicación a su favor o de sus allegados”.
Por ejemplo, en el documento trasladado por parte de los Servicios Jurídicos municipales al Ministerio Fiscal consta que el arquitecto municipal involucrado prestó apoyo técnico durante la ejecución del contrato, manteniendo reuniones de trabajo con el personal del Servicio de Patrimonio e incluso con representantes de la Cooperativa.
A su vez, el escrito concreta que llegó a proponerse su nombramiento como responsable municipal del contrato en 2024, aunque finalmente la Concejalía de Urbanismo decidió designar a otro arquitecto. A pesar de ello, detalla el informe que el empleado continuó interviniendo de facto en la gestión del proyecto durante al menos el año 2024, sin que consten advertencias ni se apartara pese a su “evidente interés personal en la promoción”.